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El Consejo de la Magistratura rechazó el pedido de nulidad del Consejo de Abogados

El Consejo de la Magistratura defendió los procesos de designación de jueces y fiscales ante el reclamo de nulidad del Consejo de Abogados, que alega falta de representación y planteó una disputa que podría escalar a la Justicia.

El Consejo de la Magistratura de La Rioja respondió con firmeza al cuestionamiento del Consejo de Abogados y Procuradores, que exige la anulación de los concursos recientes para cubrir vacantes en el Poder Judicial, argumentando que la ausencia de un representante de su gremio en el órgano vicia de inconstitucionalidad el proceso.

En un comunicado oficial, el Consejo de la Magistratura rechazó las críticas y aseguró que “recibe con profunda preocupación la apreciación que los representantes del Consejo de Abogados y Procuradores de La Rioja, tienen sobre el proceso que se está llevando a cabo para cubrir las vacantes en el ámbito de la Función Judicial”, además indicaron que “tamaña afirmación sería aceptable para quienes desconocen el derecho y las leyes, pero no para entendidos en la materia que además integran un órgano colegiado y plural igual al nuestro”.

“Es temeraria su aseveración de nulidad e inconstitucionalidad, mientras que la misma no sea declarada por sentencia y es más grave aún, que, sintiéndose con cierto poder coercitivo piden la anulación de los concursos en un plazo de 48 hs”, remarcaron.

En este sentido, el órgano judicial manifestó que “desconocer que los órganos colegiados se rigen para su funcionamiento por el quorum y no por la cantidad total de los integrantes estipulados, es pretender que, en todo organismo compuestos por distintos y diversos representantes, la ausencia o renuncia de uno solo de ellos nulificaría toda actuación, o acaso ¿sus reuniones son válidas únicamente cuando están presente todos los miembros de la Comisión Directiva?, ¿A dónde recurrirán los firmantes de esta intimación para anular los concursos si el Tribunal Superior de Justicia está compuesto por solo 5 de los 7 miembros estipulados en la Constitución?”, enfatizaron.

Asimismo, indicaron que lo grave de la situación se subsanaría con ellos presentes. “Si así fuere, que sucedería cuando su representante se ausente o renuncie, ¿todo sería nulo? ¿Intimarían nuevamente al plazo de 48 hs? De aceptar esta postura, seria exponer a los órganos colegiados a ser rehenes de una presencia o una ausencia que responda a intereses de una corporación o de una persona”.

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