La mujer descubrió que cursaba un embarazo de nueve semanas después de haber contratado la cobertura médica. La entidad la acusó de falsear su declaración jurada y decidió darla de baja: el caso llegó a la Justicia.
Una mujer se afilió a Federada Salud y, pocos días después, descubrió que estaba embarazada. Cuando informó su situación, la entidad consideró que había ocultado deliberadamente el embarazo al completar la declaración jurada y decidió rescindir el contrato.
La afiliada negó la acusación y llevó el caso a la Justicia. En primera instancia obtuvo un fallo favorable y, tras una apelación de la obra social, la Cámara de Apelaciones de General Pico, La Pampa, confirmó que debía continuar afiliada y recibir la cobertura correspondiente.
Todo comenzó el 22 de enero de 2025, cuando la mujer completó la solicitud de ingreso y la declaración jurada de antecedentes de salud. Allí indicó que su última menstruación había sido el 10 de enero y su afiliación comenzó formalmente el 1° de febrero.
Sin embargo, el 11 de febrero, después de realizarse una ecografía, su médica le informó que estaba cursando un embarazo de aproximadamente nueve semanas. Además, los sangrados que había interpretado como períodos menstruales eran en realidad ginecorragias y le indicaron reposo por una amenaza de aborto.
La obra social la acusó de mentir y decidió darle de baja
Después de conocer el diagnóstico, la mujer presentó el certificado de embarazo y continuó pagando las cuotas. Sin embargo, a fines de marzo recibió una carta documento: Federada Salud había rescindido su contrato porque consideraba que había falseado la declaración jurada al no informar que estaba embarazada cuando solicitó el ingreso.
La empresa argumentó que los estudios posteriores demostraron que el embarazo ya existía cuando se produjo la contratación. Un certificado del 11 de febrero establecía una gestación de nueve semanas y ubicaba la última menstruación el 10 de diciembre de 2024.
De todas formas, el punto central del conflicto no era determinar únicamente si ya estaba embarazada, sino comprobar si ella lo sabía y decidió ocultarlo.
La Justicia consideró que la documentación médica permitía establecer que el embarazo existía cuando se afilió, pero no demostraba que la mujer conociera su estado. La historia clínica, además, respaldaba que había sufrido sangrados durante enero y que el diagnóstico recién llegó después de los estudios realizados en febrero.
Qué resolvió la Justicia sobre la cobertura de la mujer
La Cámara sostuvo que para rescindir el contrato no alcanzaba con demostrar que la información de la declaración jurada era distinta de lo que posteriormente revelaron los estudios. La entidad debía probar que la afiliada conocía la situación y la había ocultado deliberadamente.
Para los jueces, esa prueba no existía. No se acreditó que antes de completar el formulario la mujer hubiera recibido un diagnóstico, conociera el resultado de una ecografía o hubiera sido informada por un médico de que los sangrados estaban vinculados con un embarazo.
















